Perú: BCRP baja tasa de interés de 2,25% a 1,25% ante expansión del COVID-19

El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú acordó en la fecha reducir en 100 puntos básicos la tasa de interés de referencia de 2,25 a 1,25 por ciento, tomando en cuenta que:

i. La actividad económica en el país está siendo afectada temporalmente por los efectos de la pandemia del coronavirus, a través de un choque de oferta y la reducción de la demanda interna.

ii. Los riesgos respecto a la actividad económica mundial y local se han acentuado en los últimos días, lo que incluye la posibilidad de una recesión económica mundial en el primer semestre del año.

El Banco Central continuará realizando todas las acciones necesarias para sostener el sistema de pagos y la cadena de créditos de la economía. En este contexto, el Banco Central en lo que va del mes de marzo ha venido realizando operaciones de inyección de liquidez tales como repos a un día por un promedio de S/ 1.400 millones por día, repos a 6 meses por S/ 1.400 millones y a 1 año por S/ 1.500 millones.

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El Banco Central cuenta con otros instrumentos adicionales de inyección de liquidez tales como repos contra fondos de encaje, repos de sustitución de monedas, repos de cartera crediticia y repos de moneda extranjera. Asimismo, el Banco Central viene evaluando nuevas modalidades de inyección de liquidez para aplicarlas de ser necesario.

Según se informó el Directorio se encuentra atento a la nueva información sobre la inflación y sus determinantes para continuar ampliando el estímulo monetario.

El Banco Central viene manteniendo reuniones permanentes con el Ministerio de Economía y Finanzas y la Superintendencia de Banca y Seguros para adoptar medidas para defender la estabilidad macrofinanciera, y con ello a la actividad productiva y el empleo.

En la misma sesión el Directorio acordó reducir las siguientes tasas de interés de las operaciones en moneda nacional del BCRP con el sistema financiero bajo la modalidad de ventanilla. i. Depósitos overnight: 0,25 por ciento anual. ii. Operaciones de reporte directa de títulos valores y de moneda, y Créditos de regulación monetaria: 1,80 por ciento anual.

La próxima sesión del Directorio en que se evaluará el Programa Monetario será el 16 de abril de 2020.